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Para la aplicación del Bono Social es necesario cumplir con los requisitos que se describen a continuación:
- El suministro sobre el que se aplique el Bono Social debe ser la vivienda habitual, y el titular del contrato debe ser una persona física.
- Tenga contratada una potencia igual o inferior a 10 kW y esté acogido al Precio Voluntario al Pequeño Consumidor.
Condiciones del Bono Social para Consumidores Vulnerables
Al consumidor vulnerable se le aplicará un descuento del 25% sobre Precio Voluntario al Pequeño Consumidor incrementando a:
- 1 de enero de 2025 y hasta el 30 de junio de 2025, el descuento correspondiente al consumidor vulnerable será del 50%.
- 1 de julio de 2025 y hasta el 31 de diciembre de 2025, el descuento correspondiente al consumidor vulnerable será del 42,5%.
- A partir del 1 de enero de 2026: 35% para consumidores vulnerables.
Para que sea considerado como consumidor vulnerable es necesario cumplir con alguna de las siguientes circunstancias establecidas:
- 1ª Situación: Su renta, o en caso de formar parte de una unidad de convivencia*, la renta conjunta anual sea igual o inferior a 1,5 x IPREM de 14 pagas.
- El límite de renta se incrementará en 0,3 x IPREM por cada miembro adicional mayor de edad.
- El límite de renta se incrementará en 0,5 x IPREM por cada miembro adicional menor de edad.
- 2ª Situación: Estar en posesión del título de familia numerosa.
- 3ª Situación: Que el titular y, en el caso de formar parte de una unidad de convivencia, que tengan ingresos, sean pensionistas del Sistema de la Seguridad Social por jubilación o incapacidad permanente, percibiendo la cuantía mínima vigente en cada momento para dichas clases de pensión y no perciban otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros.
- 4ª Situación: Que el consumidor o algún miembro de su unidad de convivencia sea beneficiario del Ingreso Mínimo Vital conforme a lo establecido en la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital.
Asimismo, los multiplicadores de renta respecto del índice IPREM de 14 pagas establecidos se incrementarán, en cada caso, en 1 siempre que se acredite alguna de las siguientes circunstancias especiales:
- Al menor un miembro de la unidad de convivencia tenga una discapacidad mayor o igual al 33%
- Víctima de violencia de género o terrorismo.
- Dependencia reconocida de grado II o III
- Familias monoparentales (unidad de convivencia formada por un único progenitor y, al menos, un menor).
(*) IPREM (Indicador Público de Rentas Múltiples) = 8.106,28€/año según establece la Ley 22/2021 de Presupuestos Generales del Estado para 2022
*Se entiende por unidad de convivencia a los efectos de la aplicación del Bono social en la factura de energía eléctrica, la constituida por todas las personas que residan en un mismo domicilio y que estén unidas entre sí por vínculo matrimonial o como pareja de hecho en los términos del artículo 221.2 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, o por vínculo hasta el segundo grado2 de consanguinidad, afinidad, adopción, y otras personas con las que conviva en virtud de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente.
Condiciones del Bono Social para Consumidores Vulnerables Severos
Al consumidor vulnerable severo se le aplicará un descuento del 40% (incrementado al 80% hasta el 30/06/2024) sobre el Precio Voluntario al Pequeño Consumidor.
- 1 de enero de 2025 y hasta el 30 de junio de 2025, el descuento correspondiente al consumidor vulnerable severo será del 65%.
- 1 de julio de 2025 y hasta el 31 de diciembre de 2025, el descuento correspondiente al consumidor vulnerable severo será del 57,5%.
- A partir del 1 de enero de 2026: 50% para consumidores vulnerables severos.
Tendrá consideración de consumidor vulnerable severo todos aquellos consumidores que cumplan con las situaciones descritas en el apartado anterior y alguna de los siguientes (al menos una):
- Su renta anual, o en caso de formar parte de una unidad de convivencia, la renta anual de la misma, esté por debajo del 50% de las cifras detalladas del consumidor vulnerable (1ªsituación), incrementados en su caso conforme a lo dispuesto en el apartado "circunstancias especiales".
- En caso de estar en posesión del título de familia numerosa, la renta anual este dos veces por debajo del IPREM a 14 pagas: 16.212,52€
- Para los casos de pensionistas o incapacidad permanente, la renta anual sea igual o inferior a una vez el IPREM a 14 pagas: 8.106,28€
Condiciones del Bono Social para Consumidores en Riesgo de Exclusión Social
Al consumidor en Riesgo de Exclusión Social se le aplicará un descuento del 40% (incrementado al 80% hasta el 30/06/2024) sobre el Precio Voluntario al Pequeño Consumidor. Tendrá consideración de consumidor en riesgo de exclusión social el consumidor que reúna los requisitos para ser vulnerable severo, que sea atendido y acreditado el pago de las facturas por los servicios sociales de una Administración Autonómica o Local. Para estos tipos de consumidores anteriormente citados, y con la finalidad de asegurar la eficiencia en el consumo energético, el descuento correspondiente sobre el PVPC (Bono Social) será aplicado teniendo en cuenta el límite de energía en cada periodo de facturación (Artículo 12 del Capítulo I del Real Decreto-ley 18/2022).
Límite de energía en cada periodo de facturación
Con la finalidad de asegurar la eficiencia en el consumo energético, el descuento correspondiente sobre el PVPC (65% o 80% dependiendo de la situación hasta el 30/06/2024) será aplicado teniendo en cuenta el límite de energía en cada periodo de facturación.
Categorías | Límites Máximos de Consumo (kWh) |
---|---|
Unidad de convivencia sin menores | 1.587 kWh |
Unidad de convivencia con un menor | 2.222 kWh |
Unidad de convivencia con dos menores | 2.698 kWh |
Unidad de convivencia familias numerosas | 4.761 kWh |
Pensionistas | 2.222 kWh |
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